martes, 17 de abril de 2012

SOBRE YPF Y EL GOBIERNO ARGENTINO


Como ciudadano argentino estoy en condiciones de opinar y sostener que la medida de gobierno por la cual se pretende la expropiación del 51 % del patrimonio de YPF,  es muy TORPE y TEMERARIA a la vez.

Es muy TORPE, por cuanto en un mundo donde el comercio se rige a través de consensos entre Estados y/o  particulares bajo una legislación común que rigen las relaciones económicas y que todos aceptan de antemano; romper unilateralmente esas reglas de juego so pretexto de falta de inversiones  y expropiar el capital de una empresa invocando un seudo nacionalismo, pone de manifiesto el carácter retrógrado de las autoridades argentinas al desentenderse de la juridicidad de los actos que fueron avalados oportunamente  y suscriptos entre las partes y que culminan así, dando un mentís a la credibilidad argentina en materia contractual.

Es muy TEMERARIA, porque patea las fichas del tablero en un momento en que la economía mundial necesita mayor cohesión y solidaridad entre las naciones y respeto de los acuerdos logrados en materia comercial, exponiendo a la Nación Argentina a todo tipo de represalias económicas por parte de la comunidad internacional.

Hablo de materia comercial porque la empresa YPF había sido privatizada por el Estado Argentino para que sea administrada por capitales privados, al mejor postor. Resultó ganadora la firma REPSOL, de capitales mayoritariamente españoles. Entonces hay toda una negociación de trasferencia de manejo en las transacciones que incluirá permisos para exploración y desarrollo y continuación de la actividad comercial a cambio de una contraprestación monetaria millonaria hacia el Estado Argentino.

No respetar estos acuerdos avalados por el comercio mundial es apartarse totalmente de la juridicidad que rige en materia comercial sobre los actos suscriptos entre autoridades competentes.

Suponiendo que exista alguna cláusula dentro del esquema de contratación entre las partes que otorgue la potestad de rescisión de la concesión al Estado Argentino, entre ellas, la falta de inversión; seguramente existirá un tribunal internacional al cual acudir para dirimir el pleito y se establezca a través de fundamentos debidamente probados y documentados de dicha anomalía. Con el fallo a favor del Estado Argentino entonces, sí, la figura jurídica podría resolverse a través de una re-estatización de la empresa YPF.

Si lo expresado en el párrafo anterior no se cumpliera, el Estado Argentino estaría contraviniendo el Derecho Internacional  al tomar posesión a través de un ley local de los activos de una empresa de capitales privados.

MI OPINIÓN

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